Los integrantes de la LXIII Legislatura aprobaron este jueves un dictamen que reforma y adiciona el Código Penal para imponer multa económica y pena de cárcel a quién publique por cualquier medio electrónico, videos, imágenes o archivos de audios de contenido erótico de otra persona sin su consentimiento.

La iniciativa promovida desde la Comisión de Equidad, Género y Familia, presidida por la morenista Francisca Abelló Jorda; establece un nuevo tipo penal en el Código Penal para el Estado de Sinaloa con el fin de proteger la intimidad de las y los sinaloenses.

La diputada Yeraldine Bonilla Valverde, de Morena, expresó que quienes sean víctimas de la violencia a su intimidad digital, sin importar sexo u orientación, podrán denunciar ante las autoridades competentes cualquier agresión.

“Buscamos crear mecanismos para que cualquier persona esté protegida legalmente y no haya impunidad para los victimarios. A las autoridades estatales nuestro llamado a la sensibilidad y al buen cumplimiento de la ley. Y a las mujeres y a los hombres, especialmente a las más jóvenes, les reiteramos nuestro compromiso para seguir legislando juntos por su bienestar, que también es nuestro”, aseguró.

La iniciativa reforma el Código Penal del Estado de Sinaloa y adiciona el Capítulo V Bis, llamado Violación de la Intimidad Sexual, y se penaliza desde uno hasta tres años de prisión a quién incurra en este ilícito.

Sin embargo, en el caso de que el sujeto pasivo sea una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo o si se trata de un menor de edad, se impondrá una pena de tres a cinco años.

Por otro lado, cuando exista el agravante de lucro, la pena de prisión será de tres a seis años y de quinientos a mil días multa, y todas se aumentarán hasta en un 50 por ciento su el sujeto activo tiene relación de parentesco, matrimonio, concubinato o relación con el afectado.

En el que caso de que la persona que incurra en este ilícito sea un servidor público y utilice los medios a su cargo, será destituido y se le inhabilitará para el ejercicio de la función pública hasta por siete años, además de pagar la pena antes descrita.