Hemos comentado que el Sistema de Control Interno (SCI) propuesto, atiende tres elementos de control: Planeación y Operación, Evaluación y Seguimiento, e Información y Comunicación y está fundamentado en tres principios: Autocontrol, Autorregulación y Autogestión.

Entendido el Autocontrol como la capacidad que deben desarrollar todos y cada uno de los servidores públicos de la organización, independientemente de su nivel jerárquico, para evaluar y controlar su trabajo. Detectar desviaciones y efectuar correctivos de manera oportuna para el adecuado cumplimiento de los resultados que se esperan en el ejercicio de su función, de tal manera que la ejecución de los procesos, actividades y/o tareas bajo su responsabilidad, se desarrollen con fundamento en los principios establecidos en la normatividad vigente.

Entendemos la Autogestión como la capacidad de toda organización pública para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa que le ha sido asignada.

Respecto de la Autorregulación, se entiende como la capacidad de la organización para desarrollar y aplicar métodos, normas y procedimientos que permitan el desarrollo, implementación y fortalecimiento continuo del Sistema de Control Interno.

Retomemos el carácter sistémico de la herramienta, observando que cuenta con las nueve propiedades fundamentales de un “SISTEMA”: Objetivos, Conectividades, Fronteras, Flujos de información; Medidas de desempeño, Seguimiento y control, Toma de decisiones, Asignación de recursos y Jerarquía de sistemas: Suprasistema, Sistema y Subsistema, mismas que trataremos en nuestra próxima entrega.