Sí eres de los que acostumbra “procrastinar” es decir, ir aplazando las cosas, sobre todo aquellas que sabes debes hacer, como por ejemplo declarar tus impuestos, te recordamos que el próximo 30 de abril vence el plazo para presentar la declaración anual que corresponde al ejercicio fiscal de 2018.

De modo que ponte manos a la obra y sigue los siguientes pasos para que logres con éxito declarar tus impuestos y de paso, aprovechar si es que el SAT te puede devolver algún ‘dinerito’ por el orden de las deducciones fiscales.

Recuerda que para todo el proceso debes tener tu e.firma -conocida como fiel- y calve privada, también debes considerar tus deducciones autorizadas y las deducciones personales.

En el apartado perfil del contribuyente elige el ejercicio fiscal 2018 y tipo de declaración; da clic en siguiente para ver el pre-llenado de tu declaración con el que ya cuenta el SAT.

En el apartado de deducciones personales verifica la información precargada y en el apartado “determinación” podrás ver si obtuviste un saldo a favor, que es el dinero que el SAT te regresará, en caso de que elijas “devolución”.

El paso siguiente es que proporciones los datos de tu cuenta bancaria en la cual, el organismo te hará el depósito correspondiente.

De acuerdo con la Prodecon (Procuraduría de Defensa del Consumidor) para que tu declaración sea más sencilla, al presentarla los sujetos obligados -además de la información que ya vendrá precargada en el aplicativo de la declaración anual- deben tener a la mano documentos como:

  • Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Contar con contraseña y/o e.firma o la e.firma portable, o Firma Electrónica vigente
  • CFDIs(factura electrónica en papel) por concepto de salarios (comprobantes fiscales de nómina); intereses; servicios profesionales; arrendamiento; venta de bienes y demás ingresos que se haya obtenido durante el ejercicio,
  • Pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y definitivos de Impuesto al Valor Agregado (IVA) que hayan presentado por su actividad durante el año
  • La Clave Bancaria Estandarizada Vigente (CLABE) en donde se deposite el saldo a favor de ISR que en su caso resulte del cálculo anual.

Ten cuidado con las multas de Lolita

Recuerda que las personas físicas pueden ser acreedoras a multas que van de mil 500 a 17 mil pesos, recargos y actualizaciones, en caso de no presentar a tiempo la declaración anual correspondiente a 2018.

En caso de proporcionar información falsa, la sanción monetaria puede llegar a casi 30 mil pesos.

Y pon mucho cuidado porque si tu pretexto para no presentar a tiempo la declaración será que estabas de vacaciones por Semana Santa, no te darán ninguna prórroga, ya que desde el inicio del año las personas físicas pueden saber los términos de su declaración anual.