La Junta de Coordinación Política sostiene que el proceso penal en curso impide legalmente su reincorporación, a pesar de una resolución judicial federal emitida el 30 de julio


La Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Sinaloa emitió este miércoles un comunicado conjunto en el que aclara su postura ante la reciente resolución de un juez federal que ordena la restitución de Gerardo Vargas Landeros como presidente municipal de Ahome.

Resolución aún no notificada formalmente

Los legisladores explicaron que no han sido notificados formalmente de dicha resolución, por lo cual no existe efecto legal alguno en este momento. Además, recordaron que la declaratoria de procedencia aprobada por el Congreso el 2 de mayo de 2025 es un acto irrebatible, al tratarse de una atribución soberana de las legislaturas estatales.

En ese sentido, citaron la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Queja 33/2021, que establece que el juicio de amparo no procede contra declaratorias de procedencia, según el artículo 61, fracción VII de la Ley de Amparo.

Medida cautelar no resuelve el fondo del caso

Respecto a la resolución emitida por el Juzgado Primero de Distrito en Zacatecas, los diputados aclararon que se trata de una medida cautelar que no resuelve el fondo del asunto, cuya audiencia constitucional está prevista para el 8 de septiembre. Añadieron que el mismo juez, en resolución previa del 16 de julio, negó la suspensión provisional solicitada por el quejoso, al no acreditar pruebas suficientes.

Acumulación de criterios de improcedencia

Asimismo, señalaron que en otros estados se han promovido recursos similares relacionados con este caso, los cuales han sido declarados improcedentes, lo que refuerza la falta de materia jurídica para insistir en la suspensión. Esto conforme al artículo 145 de la Ley de Amparo y a la jurisprudencia 1a/J.44/2004 de la SCJN, que prohíbe otorgar suspensiones en impugnaciones a procedimientos de declaratoria de procedencia.

No puede suspenderse un acto ya consumado

Los legisladores también destacaron que, conforme a la jurisprudencia 11.3° J./37, no es posible conceder una suspensión sobre actos ya ejecutados.

Situación jurídica actual impide la restitución

La Junta subrayó que la situación jurídica actual de Gerardo Vargas Landeros ha cambiado respecto al momento en que se emitió la declaratoria de procedencia, ya que hoy se encuentra vinculado a proceso penal, lo cual le impide legalmente ejercer cargos públicos de elección popular. Así lo establece la Constitución Política del Estado de Sinaloa en sus artículos 135 y 136.

Señalan intento de manipulación judicial

Finalmente, los integrantes de la Junta consideraron que se está intentando forzar la competencia judicial con base en una supuesta orden de aprehensión en un estado distinto, lo que calificaron como un acto de corrupción para revertir una decisión jurídica legal y constitucional.

“Ratificamos nuestro compromiso de actuar con apego a la Constitución de la República y del Estado, y de combatir los actos fuera de la ley”, concluye el comunicado.